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Nuevo Procedimiento para el Foliado del Libro de Vuelo Mediante la Resolución 290/2012, de fecha 15 de Mayo de 2012, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha implementado nuevos requisitos para el foliado del Libro de Vuelo, con lo que se pretende regular en un solo cuerpo normativo lo atienete al procedimiento de foliado de cada uno de los libros de vuelo del personal aeronáutico. A tal efecto la norma deroga la Disposición N° 14 del ex CRA y el Art.2° de la Disposición 278 de la ex Dirección de Habilitaciones (DHA) . Por su parte se aprueba el nuevo Procedimiento para el foliado del Libro de Vuelo de Pilotos y Tripulantes de Cabina de Pasajeros, modificandose la parte pertinente del RAAC, Parte 61, Subparte A Sección 61.52 y Parte 91, Subparte A, Sección 91.10 Si bien la nueva norma es extensa y abarcativa de la actividad del personal en vuelo, y en algunoas cuestiones recoge los procedimientos que ya se utilizaban, hemos conceptualizado los puntos más relevantes del Anexo, a saber: Punto 7: Refiere al Contenido del Libro, su formato, personal alcanzado y la descripción de los datos que deberán consignarse. Asimismo determina la forma y constancia para realizar enmiendas. Punto 8: Determina el Plazo de Foliado, que si bien manitiene como plazo general el de una vez cada 3 años, determina excepciones y circuntancias especiales según el trámite a realizar o el tipo de Licencia que se detenta. Punto 9: Establece la forma y requisitos por las que puede delegase a un tercero la realización del trámite de foliado Punto 10: Se enumeran las personas habilitadas para realizar las Certificaciones de las anotaciones realizadas para que éstas tengan validez. Punto 11: Dispone la Documentación a Presentar para el acto de foliado ante la Autoridad Aeronáutica Competente. Punto 12: Hace un detalle de la documentación que deben acompañarse al momento de requerir el acto de foliado, para la Verificación de los Vuelos por parte de la Autorizdad Aeronáutica Competente, según sea el alcance de la actividad desarrollada Se recomienda la lectura de todo el documento, el que podrán encontarlo en http://www.anac.gob.ar/contents/webpage/media/Resolucion%20290-12.pdf Publicado el: 25/06/2012 |