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Aeródromo San Antonio de Areco - ANAC En el año 2013 el por entonces Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Sr Daniel Scioli firmaba el traspaso del Aeródromo de San Antonio de Areco a manos del municipio, lugar en el que se instalaría un Parque Agro-Industrial. "Estaba desproporcionada la cantidad de tierras para un aeródromo. Hemos encontrado una solución para tener en Areco el Parque Industrial, manteniendo ese aeródromo que incluso potenciará al nuevo polo productivo", sostuvo Scioli. Asimismo, el Sr Intendente de San Antonio de Areco Dr Francisco Durañona destacaba que "El predio estratégico que recibiremos se convertirá en un polo productivo importantísimo para el desarrollo de Areco y todo el norte bonaerense". El 15 de mayo de 2015 el Municipio de San Antonio de Areco procedía a cortar e inutilizar la pista del aeródromo, sin advertir a la Autoridad Aeronáutica de la acción llevada a cabo. Por la misma, se radica un denuncia penal en el Juzgado Federal de Mercedes. Imagen de archivo - www.fada.org.ar Imagen de archivo - www.flap152.com El día 7 de agosto del corriente año, se reunieron representantes de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) con autoridades del municipio, quienes se comprometieron a tomar acciones para restablecer el funcionamiento de la pista, quedando en esta instancia de aproximadamente 650 metros. Es de destacar el trabajo llevado a cabo por la ANAC, para lograr que se cumpliera lo establecido en el Decreto original, donde se establecía que la construcción del Parque Agro-Industrial no podía afectar las actividades del Aeródromo de San Antonio de Areco. De acuerdo a lo publicado en el portal digital boscoproducciones.com.ar, el Director de Región Aérea Centro, Lic. Hernán Funes Cornet, indicó que "Estamos trabajando con el municipio para optimizar la pista y que sea segura para todos los pilotos que quieran aterrizar y despegar en San Antonio de Areco. Se están terminando los trabajos y haciendo las correcciones necesarias para empezar a operar". En ese sentido el responsable del aeródromo, Sr Iván Crestán, confirmó que "la pista se va a habilitar definitivamente en 10 días. Estamos haciendo la marcación nueva de la pista y aprovechamos a corregirla. En pocos días por suerte vuelve a funcionar". En su rol de Autoridad Aeronáutica, el día 6 de agosto de 2018, la Administración Nacional de Aviación Civil le envió una Carta documento a la Intendencia de San Antonio de Areco con motivo de la colocación en la superficie de despeje de obstáculos que invaden, obstaculizan e interfieren en el funcionamiento del aeródromo. A continuación, la transcripción de la misma. CABA, 6 DE AGOSTO DE 2018. Me dirijo a Usted en mi carácter de apoderada de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), autoridad de aplicación del Código Aeronáutico conforme al Decreto Nº 239/2007 en su Art 1, y teniendo conocimiento que en el predio que ocupa el Aeródromo Público ubicado en dicho municipio, se encuentran desarrollando, actividades que invaden, obstaculizan e interfieren en el funcionamiento del mismo por representar las mismas un obstáculo en infracción a las superficies de despeje de acuerdo a los Art 30, 31, 32 del Código Aeronáutico que las mencionadas tareas se encuentran afectando la superficie de protección del actual procedimiento de aproximación, por lo penaliza a los procedimientos que dispone el mencionado aeródromo elevando de esta manera la altitud mínima de descenso, por lo que se lo intima y emplaza para que en el término de 30 días desde la recepción de la misma, cese las tareas y/o adecue la altura de la misma de acuerdo a la normativa vigente y el Código Aeronáutico, sobre superficie limitadora de obstáculos y su balizamiento lumínico. La presente se efectúa bajo el apercibimiento de requerir judicialmente la supresión y/adecuación de la misma, como dispone el Art 34 del mencionado código. Finalmente, se les hace saber que dicho obstáculo afecta la seguridad operacional de las aeronaves que transita el espacio aéreo del AERÓDROMO, por lo que se hace especial reserva de realizar las denuncias penales correspondientes por el delito tipificado en el ARTÍCULO 190 del Código Penal de la Nación. "Será reprimido con prisión de dos a ocho años, el que a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave. Si el hecho produjere naufragio, varamiento o desastre aéreo, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión. Si el hecho causare lesión a alguna persona, la pena será de seis a quince años de reclusión, y si ocasionare la muerte, de diez a veinticinco años de reclusión o prisión. Las disposiciones precedentes se aplicarán aunque la acción recaiga sobre una cosa propia, si del hecho deriva peligro para la seguridad común". QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.- Publicado el: 07/08/2018 |